IRPF de Criptomonedas y Acciones 2026
Registra tus compras, ventas y permutas: valoramos por FIFO, compensamos pérdidas con tus rendimientos del capital mobiliario (tope 25%) y calculamos la cuota por tramos del ahorro.
Tus operaciones
FIFO por activo en orden cronológico (art. 37.1.h y criterio AEAT): la permuta se valora como venta de lo entregado a mercado más compra de lo recibido; comisiones de compra al coste y de venta restadas; ventas sin saldo computan con coste 0 y aviso. Compensación del art. 49: mismo grupo al 100%, cruzada con RCM al 25% en ambas direcciones y resto a 4 años. Escala del ahorro 19/21/23/27/30% (DF 7.ª Ley 7/2024). Orientativo.
Tu resultado
| Ganancia neta transmisiones (FIFO) | — |
| Saldo RCM declarado | — |
| Compensación cruzada (tope 25%) | — |
| Pendiente a 4 años | — |
| Base del ahorro gravable | — |
Detalle de ventas y permutas
| — |
Desglose por tramos
| — |
Respuestas directas 2026 · Contenido orientativo verificado contra la Ley 35/2006 (BOE-A-2006-20764).
¿Cómo tributan las criptomonedas en el IRPF de 2026?
Cada venta o permuta genera una ganancia o pérdida patrimonial que se calcula por FIFO: las primeras monedas compradas son las primeras vendidas, sumando comisiones al coste. El neto anual integra la base del ahorro con la escala del 19 al 30 por ciento de la Ley 35/2006 y se declara en la casilla 0460 del modelo 100.
¿Se pueden compensar las pérdidas de criptomonedas con dividendos en 2026?
Sí, con el límite del artículo 49 de la Ley 35/2006: las pérdidas patrimoniales compensan primero el 100 por cien de las ganancias del mismo grupo, y el resto puede cruzarse con rendimientos del capital mobiliario como dividendos hasta el 25 por ciento. El saldo pendiente se arrastra durante los cuatro ejercicios siguientes.
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